En este post comentamos un reciente auto en el que, al contrario de lo que ha sucedido durante la mayor parte de la pandemia, se da la razón a un padre que se niega a la vacunación de su hijo de 6 años, frente a la postura de la madre, a favor de la inoculación del menor.
Según argumenta el fallo, dictado por el Juzgado de 1ª Instancia de Valencia, teniendo en cuenta el interés superior del menor, ya que no puede justificarse la vacunación de un niño en el beneficio social.
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Los jueces comienzan a posicionarse a favor de no vacunar a los menores
El auto debe enmarcarse en un contexto en el que la gravedad de esta enfermedad se reduce poco a poco. Así, el auto se apoya en la idea de que los efectos del contagio en niños de entre 5 y 11 años suponen un riesgo inferior a los posibles efectos secundarios, aún desconocidos, de la administración de la vacuna.
Por tanto, se trata de una decisión a tener muy en cuenta de cara a futuros conflictos de este tipo: si en un primer momento la postura de los jueces tendía con claridad hacia la vacunación en caso de discrepancia de los progenitores, las cosas cambian a medida que el coronavirus se normaliza en nuestra sociedad.
Cabe recordar que las distintas comunidades autónomas comenzaron a vacunar a los menores de entre 5 y 11 años a partir del pasado 15 de diciembre, siendo exigible para ello el consentimiento de los padres o tutores legales. En caso de discrepancia, se hace necesario acudir a un juez, con asistencia de un abogado, para que sea éste quien decida cómo proceder en cada caso.
En este supuesto concreto, no existía ninguna enfermedad que contraindicase la administración de la vacuna, pero tampoco se aportó ningún informe que respaldase la necesidad de la vacunación atendiendo a su edad. La madre se apoyó, a la hora de acudir al juez, en el riesgo de contagio al que se exponía el niño en el colegio y en el marco de sus actividades extraescolares, así como en el contacto directo que mantenía con sus abuelos.
Este criterio sirve como precedente para otros posteriores y, en nuestra opinión, en este momento resulta más difícil pronosticar en qué sentido puede manifestarse un juez al decidir sobre si es conveniente o no la vacunación. En todo caso, habrá que atender al caso concreto y, muy especialmente, a la existencia de algún tipo de dolencia en el niño que aconseje su inoculación.
Puede servirnos como guía saber que, en este caso, también el Ministerio Fiscal se alineó del lado del padre, defendiendo la postura de la no vacunación. También el hecho de que, tal y como recoge el auto, existen discrepancias dentro del propio colectivo médico pediátrico acerca de si es conveniente o no la inoculación de menores de 12 años.
Sirve de apoyo a este criterio el hecho de que, según los datos del propio Ministerio de Sanidad, los efectos de la infección por Covid-19 en menores son, en un 99,7 por ciento de los casos, leves o asintomáticos. Los casos más graves se limitan casi exclusivamente a enfermos con patologías previas.
En este caso, el progenitor venía siendo favorable a la vacunación del niño según el calendario oficial: se tata de un supuesto en el que la duda se relaciona en exclusiva con la vacuna contra el Covid-19, cuyos efectos a largo plazo, a día de hoy, siguen siendo desconocidos.
Se tienen en cuenta también las distintas medidas de relajación acordadas por los distintos gobiernos en todo el país -tanto centrales como autonómicos-, algo que se relaciona directamente con una menor peligrosidad de los contagios y una reducción de los casos graves por Covid-19. Así, el auto coloca el interés superior del menor por encima del posible posible beneficio social de su vacunación.
Estos son los argumentos que defiende el auto:
“De todo lo expuesto se desprende que en los niños el porcentaje de casos graves de Covid 19 es bajo y suele estar asociado a la preexistencia de una patología previa, presentando mayoritariamente un cuadro clínico mucho más leve que en adultos, desarrollando el 99,7% de los casos un cuadro leve, siendo la mitad asintomáticos, únicamente el 0,21% de los casos precisó hospitalización y el 0,016% ingreso en UCI pediátrica, de los ingresados más del 50% tenían patología previa.
Ello conlleva una baja probabilidad de que en un menor el Covid desarrolle una clínica grave. Por otra parte, si bien llama la atención la posibilidad de sufrir covid persistente, no consta un estudio detallado sobre la incidencia de esta patología y sus consecuencias, desconociendo los efectos y alcance real de la misma.
A lo dicho debemos añadir que no cabe duda de que actualmente la situación es mucho menos grave que la que se produjo meses atrás, siendo notorio que la sintomatología y gravedad de la enfermedad ha disminuido de manera significativa, y con ello los ingresos hospitalarios y fallecimientos, habiendo relajado las autoridades sanitarias las restricciones que anteriormente existían, viniendo a producirse la ‘gripalización del Covid’, como se ha denominado, lo que evidencia el debilitamiento de la enfermedad.
No cabe duda de que todavía queda mucho por conocer de esta enfermedad, pues es un virus nuevo del que se están haciendo estudios a marchas forzadas, no teniendo una perspectiva temporal suficiente para conocerlo en profundidad, lo que cabe extender a las vacunas que se han ido desarrollando que, si bien han dado signos de ser efectivas, se han elaborado de forma urgente y rápida, acortando los plazos que se suele exigir para la aprobación de este tipo de fármacos, por lo que tampoco se dispone de un conocimiento exacto de los efectos que dichas vacunas pueden producir.
De hecho ni tan siquiera se conoce las dosis que resultan necesarias para obtener la inmunidad, siendo conocido que se van pautando nuevas dosis e incluso cambiando la periodicidad de las mismas.
Ante tales hechos debemos ser prudentes al resolver sobre si es conveniente o no vacunar al menor. Considerando que no existe ningún informe médico que aconseje la vacunación de (…), que no consta que tenga ninguna patología previa de la que pueda derivarse que, en caso de padecer covid, tenga un mayor riesgo a desarrollar síntomas graves, que hasta el momento el Covid 19, en niños de 5 a 11 años se ha desarrollado con síntomas leves, siendo minoritarios los graves, que en su mayoría padecían una patología previa, que actualmente ha disminuido de forma notoria la gravedad de la sintomatología y dado que no existe un conocimiento claro de los efectos secundarios que pueda tener la vacunación, debemos denegar la solicitud formulada por la Sra. (…) a fin de atribuirle la facultad de decidir sobre la vacunación del menor, por cuanto los argumentos del progenitor resultan más sólidos, al menos en este momento, que los de la progenitora.
Por último cabe incidir en que, debiendo valorar el interés del menor de forma individualizada, no puede justificarse la vacunación de un menor en el beneficio social que puede conllevar por la menor transmisibilidad, máxime teniendo en cuenta que, según los estudios referidos anteriormente, la transmisión de los menores es mucho menor que la de los adultos.”
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