Elena Crespo habla sobre Lotería de Navidad y separación de bienes para ‘Informativos Telecinco’

Elena Crespo habla sobre Lotería de Navidad y separación de bienes para ‘Informativos Telecinco’

En este post compartimos una nueva colaboración con ‘Informativos Telecinco’, esta vez para hablar sobre un asunto clave en estas fechas: ¿qué ocurre con un premio de la Lotería de Navidad en caso de separación de bienes? ‘Abrimos’ esta pregunta para analizar los distintos escenarios que pueden darse: separación de bienes, gananciales, pareja de hecho sin un régimen económico definido… así como de qué manera influye haber comprado el décimo a medias o con dinero privativo de una de las partes.

Desde este espacio queremos agradecer a ‘Informativos Telecinco’ esta nueva oportunidad de arrojar luz sobre cuestiones jurídicas de interés general. Compartimos un extracto del texto del artículo y te invitamos a leerlo competo en este enlace:

Tal y como explica la abogada de Familia Elena Crespo, en caso de que una pareja se encuentre casada, no siempre se tendrá que repartir el valor de un premio de cualquier juego de azar, como la Lotería o el Euromillón: si la pareja se encuentra casada en régimen de separación de bienes y el boleto lo compró una de las partes con su propio dinero, el premio será privativo. Esto significa que el dinero corresponderá única y exclusivamente a la persona que compró la participación, sin que exista ninguna obligación legal de compartirlo con su pareja.

Eso sí, cuando la pareja se encuentre casada en régimen de gananciales, la situación será distinta y el premio pertenecerá a ambos, al tratarse de una economía común, independientemente de que lo pagara uno de los miembros de la pareja en exclusiva. Esto es así porque, en este caso, existe un régimen económico compartido. En caso de divorcio, todos los bienes del matrimonio se repartirán al 50 por ciento entre cada uno de los miembros de la pareja.

Por otro lado, si la pareja está casada en régimen de separación de bienes y se compra el boleto a medias, el reparto será al 50 por ciento (o en cualquier otra proporción si el precio boleto se reparte de distinto modo). Por último, en el caso de la pareja de hecho, en principio no existe una economía en común, salvo que se pacte lo contrario. Si es el caso, habrá que atender a lo acordado para poder esclarecer a quién o a quiénes pertenece el premio, y en qué porcentajes.

Si necesitas ayuda legal en cualquier asunto relacionado con Derecho de Familia, ponte en contacto con nuestro equipo de abogadas