Elena Crespo habla sobre copaternidad para RTVE Cataluña

Elena Crespo habla sobre copaternidad para RTVE Cataluña

Uno de los asuntos de más actualidad en materia de Derecho de Familia es la copaternidad, un nuevo modelo de crianza sobre el que ya hemos hablado en distintas ocasiones en nuestro blog. Ahora lo hacemos para RTVE Cataluña: he tenido el placer de recibir en el despacho de Crespo Law en Barcelona al equipo de informativos de Radio Televisión Española (RTVE) para explicar los entresijos legales de esta nueva fórmula para convertirnos en padres y madres que cada vez toma más presencia.

Si aún no sabes qué es la copaternidad, consiste en una fórmula de crianza compartida sin vínculo de pareja. Por ella optan aquellas personas que sienten el deseo de ser padres y madres pero que, por distintas circunstancias, no pueden o no quieren hacerlo en pareja, pero tampoco quieren lanzarse a ello en solitario.

Copaternidad y convenio regulador: la herramienta clave desde el punto de vista legal

Para poder establecer un método de crianza compartida es necesario llegar a una serie de acuerdos, y sobre ello precisamente hablamos para RTVE. El instrumento legal que utilizamos es el convenio regulador, que es el mismo que se usa en caso de divorcio o separación para regular aspectos como el ejercicio de la guarda y custodia en todos sus extremos.

Piensa que, del mismo modo que una pareja que se rompe tendrá que establecer reglas acerca de cómo criar a sus hijos en el futuro por separado, en el caso de la copaternidad llegaremos a estos acuerdos desde el momento mismo del nacimiento del niño, ‘saltándonos’ la fase de relación de pareja. La crianza se desarrolla así sin vínculo sentimental alguno, algo que permite restar las posibles desventajas asociadas a los sentimientos y a una potencial ruptura.

Existen diferentes posibilidades: por una parte, es posible que ya conozcas a la persona con la que te gustaría establecer este vínculo de copaternidad, por lo que simplemente se trataría de dar forma legal a vuestro acuerdo y elegir la fórmula que más apropiada de cara a la fecundación (lo más frecuente es acudir a una clínica de reproducción asistida y explorar distintas opciones, ya sea teniendo en cuenta o no el material genético de los futuros padres).

Por otro lado, también existen cada vez más agencias en España dedicadas a poner en contacto a personas con el mismo interés de convertirse en padres y madres sin que exista un vínculo de pareja con el otro progenitor. Estos casos las agencias se encargarán de ponerte en contacto con personas afines, ayudándote en el proceso de búsqueda de acuerdos y acompañándoos en todo el proceso, incluyendo la fase de fecundación y embarazo, así como la redacción del convenio regulador para establecer la fórmula de crianza elegida.

En Crespo Law tenemos el placer de contar con un convenio con la empresa ‘Copaternidad Barcelona que mantenemos desde hace más de un año, prestando asesoramiento legal a quienes acudan a esta fórmula, ayudándoles a diseñar las medidas de custodia compartida y convenios reguladores o planes de parentalidad aplicables a la crianza de sus hijos.

En cuanto al contenido de este convenio regulador, los aspectos que deben regularse en materia de ejercicio de la guarda y custodia son idénticos a los que se regulan en caso de separación o divorcio. Lo más frecuente es establecer una fórmula de custodia compartida, de forma que ambos progenitores cuenten con el mismo grado de implicación en la crianza del niño. En el convenio regulador también se establecerá de qué forma se producirán las recogidas y entregas del niño.

Además, en el convenio regulador se establecerán pautas de reparto de los periodos de vacaciones, cumpleaños y demás fechas especiales, así como la forma en que deben producirse las comunicaciones con el otro progenitor durante los periodos en los que el menor se encuentre con la otra parte. También pueden establecerse pensiones de alimentos, fórmulas de reparto de los gastos ordinarios y extraordinarios del niño, acuerdos en materia de actividades extraescolares o cuestiones relacionadas con la educación del menor, etc.

Copaternidad en Cataluña: plan de parentalidad

En Cataluña, además del convenio regulador, deberemos formalizar un plan de parentalidad, un documento mucho más exhaustivo que el anterior, que recoge medidas específicas y concretas sobre cómo se desarrollará la crianza de los niños.

En concreto, el plan de parentalidad debe explicar la forma en que ambos progenitores ejercerán sus responsabilidades parentales, haciendo constar los compromisos que asumen respecto a la guarda, el cuidado y la educación de los hijos.

Su contenido debe hacer referencia a aspectos como el lugar o lugares donde vivirán los hijos habitualmente, las tareas de las que debe responsabilizarse cada progenitor con relación a las actividades cotidianas de los hijos o la forma de cumplir el deber de compartir toda la información sobre la educación, la salud y el bienestar de los hijos. También a la forma de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y a otras cuestiones relevantes para los hijos.

Además, las propuestas de plan de parentalidad pueden prever la posibilidad de recurrir a la mediación familiar para resolver las diferencias derivadas de la aplicación del plan, o la conveniencia de modificar su contenido para amoldarlo a las necesidades de las diferentes etapas de la vida de los hijos.

Desde este espacio queremos agradecer de nuevo a RTVE su visita y su interés en dar visibilidad a esta nueva fórmula de parentalidad por la que cada vez optan más personas. Si es tu caso y necesitas ayuda legal para dar forma a los acuerdos que definirán vuestra forma de ejercer la crianza, ponte en contacto con nuestro equipo de abogadas.